Artículo del Instituto de Investigaciones: “El desarrollo integral y los derechos de niñas, niños y adolescentes cuya madre se encuentra privada de libertad (NNAPES): maternar y cuidar desde la cárcel”
Directora: MG. Fabiana Böhm Carrer.
Equipo: Baroni, Cid, Duran, Fuentes.
Pertenencia: Instituto de Investigaciones, Facultad de Psicología, Universidad del Aconcagua.
Mucho hay estudiado sobre la maternidad en contextos de encierro; sin embargo la gran
mayoría de los trabajos hacen referencia a aquellas situaciones donde la ley permite que
niños y niñas convivan con sus madres hasta los 5 años de edad en los lugares donde
ellas están privadas de libertad.
Se sabe abundantemente sobre la situación y las condiciones en que ésta maternidad
es ejercida y también cómo, de manera abrupta y con poca labor institucional previa,
al cumplir la edad límite los niños son sacados de los complejos penitenciarios para ser
entregados a algún otro adulto responsable, que se seguirá haciendo cargo de ellos independientemente de la continuidad de la privación de libertad
de sus madres.
Sin embargo en este pequeño espacio queremos llamar la atención de las maternidades que las madres siguen ejerciendo mientras están
encerradas y sus hijos están en el medio libre.
Ya desde hace años, incluso antes de la pandemia, algunos complejos penitenciarios permitían a las mujeres tener teléfono celulares aun
cuando esto formalmente no fuera normado.
Tos teléfonos públicos disponibles en los complejos, sea de varones o de mujeres, jamás daban abasto, en el caso de las mujeres los
celulares pues eran un medio para el sostenimiento de los vínculos, y por eso se permitían. Claro que solo podían ser usados para las
comunicaciones por teléfono, dispositivos que se revisaban para confirmar que eran sin internet que permitiera otras conexiones.
En la gran mayoría de los casos, cuando hay imprevistos laborales o de salud de la madre, los niños y niñas quedan a cargo de otra mujer.
En este asunto que nos convoca, este colectivo de NNAPES (niños, niñas y adolescentes que tienen un adulto privado de su libertad)
cuando se trata detención de la madre siempre será una hermana, una tía, una cuñada o una abuela quien tenga a cargo sus cuidados.
Retomando pues, el teléfono aparece como un instrumento fundamental como decíamos al mantenimiento de los vínculos tanto con la
persona a cargo como con cada uno de sus hijos e hijas.
La pandemia resultó una revolución en este sentido, porque permitió ya no solo la comunicación telefónica sino videollamadas y la cotidianidad
cercana e instantánea que permiten aplicaciones como WhatsApp entre otras.
No solo verse cotidianamente con sus hijos e hijas cara a cara sino incluso también participar de reuniones escolares, controles médicos,
tener contacto con las maestras, con la psicopedagogas y con cualquier otra persona que esté en el circuito de sus hijos y de sus hijas es
lo que el celular ha permitido en este periodo y que a la fecha no se suspendió.
Frente a tendencias a eliminar el uso de teléfonos celulares en los complejos de mujeres consideramos que la comunicación es un Derecho
Humano y en este caso particular debe ser absolutamente prioritario en pos del interés superior de los niños, las niñas y las adolescentes.
Autora: Mg. Fabiana Böhm Carrer.